sábado, 29 de enero de 2011

Respuesta al Sr. Conseller Lluís Recoder

Honorable Conseller,

He tenido oportunidad de leer y escuchar todas sus declaraciones en los Medios de Comunicación durante esta semana. También he tenido la paciencia de esperar que los ánimos se relajasen para no contestar desde el estómago y hacerlo desde la razón. Ahora, una vez que las cosas vuelven a su sitio, me gustaría, siempre con el debido respeto y consideración, aclararle ciertas afirmaciones suyas que no se corresponden con la realidad. Por cierto, tampoco le puedo culpar a usted de su ignarancia en estos temas, acaba de llegar a la Consellería, pero quizás si que debería haber constrastado usted las informaciones de sus Asesores antes de estigmatizar a un colectivo de trabajadores haciendo que la opinión pública se sitúe entre estos y la Administración.
Bien, para empezar recojo el subtítulo de e-noticias respecto a sus declaraciones. El título "El chollo de ser Maquinista" se lo acepto. Dice en el subtítulo "Ganan 5.000 euros mensuales, trabajan tres horas al día y tienen 150 días de fiesta"
Vayamos por partes.

Punto 1. "Ganan 5.000 euros mensuales..."
Mi salario durante este mes de Enero es de 4.076,23€. Lejos de los 5.000, y añado que esta cantidad es "en bruto", con lo que, tras los descuentos oportunos (IRPF, SS, Formación...), lo que yo me llevo a mi casa son exactamente 3.029,67€. Considero una cantidad satisfactoria, y usted la puede encontrar acorde o no con mis responsabilidades. Pero lo que hace usted, Honorable Conseller, es faltar a la verdad.

Punto 2. "...trabajan tres horas al día..."
Mi jornada laboral es de 8 horas diarias. Además, debido a la excepcionalidad de mi trabajo, la jornada diaria puede alcanzar las 9'30 horas. Y le digo más, si usted lee el Real Decreto 1561/1995 sobre  Jornadas Especiales, verá que esta puede alcanzar las 12 horas.
De forma más concreta, en mi Gráfico Actual, la media es de 7'09 horas. Pero usted, de manera deliberada o no, confunde a la opinión pública hablando de "jornada", cuando debería hablar de "jornada de conducción". La jornada laboral empieza desde el inicio de la misma hasta la finalización, y en este tiempo se incluye la puesta en marcha de los vehículos, la preparación y revisión de los mismos, la puesta a disposición de Circulación, la parada al finalizar el servicio, los tiempos entre un tren y otro y las famosas "pausas de Conducción" recogidas en la Ley 39/2003 y su Reglamento Real Decreto 2387/2994). Para que usted (y los lectores) lo entiendan mejor, le voy a poner un caso concreto.
Presentación y viajero a Bellvitge para la toma del vehículo: 9:22h
Toma del Vehículo y Revisión: de 9:28h a 10:07h
Salida de Bellvitge: 10:07h y Llegada a Portbou: 12:30h
Toma y maniobras de otro vehículo: de 12:30h a 14:29h
Salida de Portbou: 14:29h y Llegada a Sants 17:09h.
Deje y revisión del vehículo: de 17:09h a 17:24h.
Jornada Total: 8'02 horas (de 9: 22h a 17:24h). Jornada de Conducción: 4'53 horas.
Como puede usted comprobar, y es tan solo un ejemplo de una jornada normal, si bien es cierto que mi "tiempo" de conducción no alcanza las 5 horas, el "tiempo" en el que estoy desmpeñando mis funciones supera las 8.
De nuevo, como en el punto anterior, Sr. Recoder usted ha faltado a la verdad.

Punto 3. "... y tienen 150 días de fiesta."
Hagamos números Sr. Conseller. Año 2011. Calendario estandar laboral: 107 sábados y domingos, 14 festivos y 30 días de vacaciones. Restamos los 8 sábados y domingos del mes de vacaciones, y nos da un total de 143 días de fiesta que disfruta cualquier trabajador.
En mi caso, tengo 150 días. La Empresa me puede quitar 4 descanso al año para temas de producción, formación, etc. Por tanto, de los 150 días, en realidad tengo 146.
Bien. Un trabajador estandar: 143 días de descanso al año. Yo: 146. La diferencia real son sólo tres días, Sr. Recoder. Creo que no es para alzar las manos al aire o llevárselas a la cabeza. Más aún, cuando yo, al contrario de la inmensa mayoría de trabajadores, no tengo los 14 festivos anuales, sino que los tengo repartidos durante todo el año. Es decir, para mí es exactamente lo mismo trabajar el 16 de enero que el 24 de diciembre, el 31 de diciembre, el 1 de enero o el Día de Reyes. No hay ni una sola diferencia. Ni tan siquirea recibo compensación alguna, ni de días ni económica, por trabajar estos días a los que la mayoría de trabajadores tienen derecho. Y yo, como cualquier otro, también me gusta pasar los días señalados con la familia, y no conduciendo un tren el día 31 de diciembre hasta las 23:49, o durmiendo en Portbou o en Figueres. ¿Compensa los tres días más al año esta circunstancia?, le doy mi palabra que no. En absoluto.
Todos los Maquinistas cambiaríamos estar en casa los 14 festivos a cambio de tener 3 descansos menos al año. Pero, entonces ¿que hacemos?, ¿paramos el tráfico ferroviario?.
En esta ocasión usted no ha faltado a la verdad, pero de sus declaraciones solo puedo extraer una demagógica actitud para provocar un enfrentamiento totalmente injusto.
Por cierto. ¿Cuántos días trabaja usted al año?. No los cuente, le aseguro que menos que yo.

Bien, estoy convencido que este artículo no llegará a sus manos, aunque le voy a enviar el enlace a través del twitter. Tan solo pretendo que conozca usted la realidad de las circunstancias que rodean a todos y cada uno de los ciudadanos a los que usted dignamente representa, y, sobre todo, que antes de intentar provocar un enfrentamiento entre trabajadores y clientes, que se asegure usted de que es cierto lo que dice. De lo contrario, sus palabras se volverán contra usted, y, como en este caso, no habrá sabido estar a la altura del cargo que desempeña, y menos aún, del gobierno de mi país.

Atentamente.

Luis Miguel García
Maquinista Jefe de Tren.
Media Distancia - Renfe Operadora


Fuentes: Ley 39/2003, RD 2387/2004, RD 1561/1995, Acuerdo de Desarrollo Profesional (Marzo 2010)

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